miércoles, 12 de abril de 2017

Ruptura del orden Constitucional en Venezuela

Ruptura del orden Constitucional en Venezuela

TSJ
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de la República Bolivariana de Venezuela los días 28 y 29 rompe el hilo Constitucional con la publicación de las sentencias 155 y 156 que son contentivas  de la suspensión de la inmunidad parlamentaria y las funciones de la Asamblea Nacional respectivamente, con lo cual se da un golpe de facto a la constitucionalidad. En la práctica significa dejar de lado, obviar, la voluntad de más de 14 millones de ciudadanos que votamos a favor del poder legislativo, dándole la mayoría a la oposición democrática del país.

Luego de esta marfilada garrafal, se desató una gran protesta nacional e internacional, que amerita la reunión urgente del Consejo de Defensa de la Nación que tras exhorto de este y, luego de revisar los contenidos de las sentencias 155 y 156, publicadas los días 28 y 29 de marzo por la Sala Constitucional del TSJ. La misma Sala Constitucional publica a través de su página web, dos nuevas sentencias en las que hace correcciones a las decisiones anteriores. A saber:
“Sentencia 157: Se Aclara de Oficio la sentencia N° 155 de fecha 28 de marzo de 2017, en lo que respecta a la inmunidad parlamentaria. Se suprime dicho contenido. Se suprime la cautelar 5.1.1 de dicho fallo”.
“Sentencia 158: Se Aclara de Oficio la sentencia N° 156 de fecha 29 de marzo de 2017, en lo que respecta al punto 4.4 del dispositivo referido a que la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por ésta o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho; cuyo contenido se suprime”.
Luisa Ortega Díaz Fiscal General
Este viernes la Fiscal general de la república, Luisa Ortega Díaz, señaló que dichas sentencias representaban la ruptura del modelo de Estado y orden constitucional en la nación.
Más tarde, el presidente de la República convocó a una sesión del Consejo de Seguridad con el fin de dirimir las diferencias surgidas entre los Poderes Públicos por las polémicas decisiones del máximo tribunal.
Asamblea Nacional
No hay ninguna duda razonable de que el presidente de la república ignorara las intenciones del TSJ con las referidas primeras sentencias, cómo el adujo desconocer, hecho público y notorio. Desde hace mucho tiempo es conocida plenamente la aviesa vocación del gobierno, de sacar definitivamente del camino a AN y, así no tener ni temer los controles del poder legislativo, tal cual es un poder legitimo electo en votación libre, y democrática por la mayoría de los ciudadanos que queremos un cambio, un país donde todos los derechos se respeten, próspero, saludable, educado, y apegado al mejor bienestar del pueblo. No es una cuestión ideológica es sentido común. Señores.
Es recomendable que cuando los matrimonios se peleen; por cualquier circunstancia, no lleguen a la fase depresiva. Es posible que discutan de una manera tal que alguno de los dos ignore la enfermedad del otro y no comprenda su conducta que; antes era dicharachera, alegre, activa, feliz, de risa fácil y luego llegar a llorar sin ninguna causa aparente, de no querer levantarse de la cama.




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