Ruptura del orden Constitucional en
Venezuela
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TSJ |
El Tribunal
Supremo de Justicia (TSJ) de la República Bolivariana de Venezuela los días 28
y 29 rompe el hilo Constitucional con la publicación de las sentencias 155 y
156 que son contentivas de la suspensión
de la inmunidad parlamentaria y las funciones de la Asamblea Nacional
respectivamente, con lo cual se da un golpe de facto a la constitucionalidad.
En la práctica significa dejar de lado, obviar, la voluntad de más de 14
millones de ciudadanos que votamos a favor del poder legislativo, dándole la
mayoría a la oposición democrática del país.
Luego de
esta marfilada garrafal, se desató una gran protesta nacional e internacional, que amerita la reunión urgente del Consejo de Defensa de la Nación que tras exhorto
de este y, luego de revisar los contenidos de las sentencias 155 y 156,
publicadas los días 28 y 29 de marzo por la Sala Constitucional del TSJ. La
misma Sala Constitucional publica a través de su página web, dos nuevas
sentencias en las que hace correcciones a las decisiones anteriores. A saber:
“Sentencia 157: Se Aclara de Oficio la sentencia N°
155 de fecha 28 de marzo de 2017, en lo que respecta a la inmunidad
parlamentaria. Se suprime dicho contenido. Se suprime la cautelar 5.1.1 de
dicho fallo”.
“Sentencia 158: Se Aclara de Oficio la sentencia N°
156 de fecha 29 de marzo de 2017, en lo que respecta al punto 4.4 del
dispositivo referido a que la Sala Constitucional garantizará que las
competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por ésta o por el órgano
que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho; cuyo contenido se
suprime”.
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Luisa Ortega Díaz Fiscal General |
Este viernes la Fiscal general de la
república, Luisa Ortega Díaz, señaló que dichas
sentencias representaban la ruptura del modelo de Estado y orden
constitucional en la nación.
Más tarde, el presidente de la República convocó a
una sesión del Consejo de Seguridad con el fin de dirimir las diferencias
surgidas entre los Poderes Públicos por las polémicas decisiones del máximo
tribunal.
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Asamblea Nacional |
No hay ninguna duda razonable de que el presidente
de la república ignorara las intenciones del TSJ con las referidas primeras
sentencias, cómo el adujo desconocer, hecho público y notorio. Desde hace mucho
tiempo es conocida plenamente la aviesa vocación del gobierno, de sacar definitivamente
del camino a AN y, así no tener ni temer los controles del poder legislativo,
tal cual es un poder legitimo electo en votación libre, y democrática por la
mayoría de los ciudadanos que queremos un cambio, un país donde todos los derechos se
respeten, próspero, saludable, educado, y apegado al mejor bienestar del
pueblo. No es una cuestión ideológica es sentido común. Señores.
Es recomendable que cuando los matrimonios se peleen; por cualquier circunstancia, no lleguen a la fase depresiva. Es posible que discutan de una manera tal que alguno de los dos ignore la enfermedad del otro y no comprenda su conducta que; antes era dicharachera, alegre, activa, feliz, de risa fácil y luego llegar a llorar sin ninguna causa aparente, de no querer levantarse de la cama.twitter.com/@germanagraz